Calculadora Liquidación

Atención Legal

¿Te despidieron? Calcula tu liquidación en 2 minutos

Miles de trabajadores en México no reciben el monto que les corresponde por ley. Descubre cuánto te deben pagar en un despido.

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Calculadora de Liquidación de Ley

Responde las preguntas para obtener tu desglose al instante.

1 Datos básicos
2 Prestaciones
3 Resultado
El salario total que aparece en tu recibo de nómina, antes de deducciones de impuestos o IMSS.
Despido Injustificado
Renuncia / Despido Justificado
Por ley, un despido injustificado activa la indemnización constitucional y los 20 días por año.
Sí (15 días o más)
No recibía
Por ley en México el mínimo son 15 días. Si tenías prestaciones superiores, puedes editar el número.
Este campo se precalcula con la tabla oficial LFT de "Vacaciones Dignas", pero puedes modificarlo si tu contrato te daba más días.

Liquidación por Despido Injustificado

$0.00
Antigüedad: 0 años
ConceptoCálculo / FundamentoMonto Estimado

¿Qué datos necesitas?

  • Recibo de Nómina: Necesitas tu salario bruto (antes de deducciones).
  • Fechas exactas: Día exacto que entraste a laborar y tu último día de trabajo.
  • Contrato laboral: Para saber tus días anuales de aguinaldo y vacaciones.

Plazo para demandar

De acuerdo al Artículo 518 de la LFT, tienes un plazo estricto de **2 meses** naturales para iniciar un proceso de conciliación o demanda por despido injustificado a partir del día siguiente de tu salida.

¿Qué incluye tu liquidación por ley?

Cada uno de los conceptos de la calculadora está respaldado por artículos específicos de la Ley Federal del Trabajo de México:

1. Indemnización Constitucional (Art. 48 LFT)

Es la compensación económica obligatoria que el patrón debe pagar al trabajador por despedirlo de forma injustificada. Equivale a **3 meses (90 días)** de salario diario integrado.

2. 20 Días por Año (Art. 50 LFT)

Aplica de manera general en casos de despido injustificado cuando se demanda la reinstalación y el patrón se niega, o en rescisiones de contrato imputables al patrón. Se calcula proporcionalmente al tiempo laborado sobre el Salario Diario Integrado.

3. Prima de Antigüedad (Art. 162 LFT)

Consiste en el pago de **12 días de salario por cada año de servicios**. Si el trabajador es despedido injustificadamente, tiene derecho a este concepto sin importar los años trabajados. Se calcula sobre una base topada a un máximo de **dos salarios mínimos generales** si el sueldo diario integrado del trabajador excede ese monto.

4. Aguinaldo Proporcional (Art. 87 LFT)

El aguinaldo es de mínimo 15 días de salario base al año. Al terminar la relación laboral, te deben pagar los días proporcionales que hayas trabajado desde el 1 de enero hasta la fecha del despido.

5. Vacaciones y Prima Vacacional (Arts. 79 y 80 LFT)

Te corresponde el pago de los días de vacaciones que acumulaste en tu último año y que no tomaste. Adicionalmente, el patrón debe otorgar al menos el **25% de prima vacacional** sobre ese monto.

¿Por qué confiar en este cálculo?

Cálculo Diario Integrado

No solo usamos tu sueldo base. Integramos tus prestaciones mínimas de aguinaldo y prima vacacional para obtener el Salario Diario Integrado (SDI) exacto que dictan los tribunales.

Precisión de Fechas

Resolvemos el problema matemático común de los años bisiestos. Nuestra fórmula calcula la fracción exacta de antigüedad diaria y mensual para evitar pérdidas en tu liquidación final.

Actualizado a 2026

Utilizamos el Salario Mínimo General oficial para el año 2026 de $278.80 MXN diarios como base para topar la prima de antigüedad de ley.

Preguntas frecuentes sobre Despidos y Liquidación

¿Cuál es la diferencia entre Liquidación y Finiquito?
El **Finiquito** se otorga cuando la relación laboral concluye por decisión mutua, renuncia voluntaria, fallecimiento o por despido justificado (causado por el trabajador). Incluye solo las prestaciones devengadas proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y salarios pendientes).

La **Liquidación** aplica exclusivamente en casos de **despido injustificado**, reajustes de personal, cierres de empresa o rescisiones de contrato imputables al patrón. Incluye todos los conceptos del finiquito más las indemnizaciones adicionales (90 días de salario, 20 días por año y prima de antigüedad).
¿Me corresponde Prima de Antigüedad si renuncié voluntariamente?
Por ley (Art. 162 LFT), en una renuncia voluntaria solo tienes derecho a la prima de antigüedad si has cumplido un mínimo de **15 años de servicio** en la empresa. Sin embargo, en caso de **despido** (sea justificado o injustificado), el patrón está obligado a pagarte la prima de antigüedad sin importar cuántos años de servicio lleves.
¿Qué pasa si mi empresa me despide y me quiere dar solo el Finiquito?
Esta es una práctica común de muchas empresas para reducir costos. Si te despiden sin una causa grave justificada (Art. 47 LFT), no debes firmar ninguna hoja de renuncia voluntaria ni un finiquito que no incluya los conceptos de indemnización de ley. Tienes derecho a acudir al Centro de Conciliación Laboral para exigir tu liquidación completa.
¿Cómo influyen las "Vacaciones Dignas" en mi liquidación?
A partir de la reforma de Vacaciones Dignas, el mínimo de vacaciones subió a 12 días para el primer año laborado y aumenta progresivamente. Dado que las vacaciones forman parte del factor de integración para calcular tu Salario Diario Integrado (SDI), esta reforma incrementa directamente el valor de tus indemnizaciones constitucionales de 90 y 20 días.
* Esta calculadora es una herramienta de estimación de carácter informativo basada en la Ley Federal del Trabajo de México. El cálculo exacto puede variar según contratos colectivos, bonos, comisiones o deducciones específicas. Para un caso legal formal, te aconsejamos consultar con un abogado laboralista.